Saltar al contenido

Calculadora de plazos tras un fallecimiento

Calcula gratis las fechas límite del Impuesto de Sucesiones, la plusvalía municipal, el alquiler, la pensión de viudedad y la DGT, y desde cuándo puedes pedir el certificado de últimas voluntades. Con la fuente oficial de cada plazo.

Calcula tus plazos

¿Hizo testamento?
¿Sobrevive su cónyuge o pareja de hecho?
¿Cobraba una pensión?
¿Vivía de alquiler con alguien que quiere seguir en la vivienda?
¿Tenía algún coche o moto a su nombre?
¿Tenía en propiedad una vivienda, un local o un garaje?

No guardamos nada: el cálculo se hace en tu navegador.

Los plazos, uno por uno

¿Cuánto tiempo hay para presentar el Impuesto de Sucesiones?

Hay seis meses desde el fallecimiento. Dentro de los cinco primeros meses se puede pedir una prórroga de otros seis; si Hacienda no contesta en un mes, se entiende concedida, pero se pagan intereses. En País Vasco y Navarra los plazos son distintos.

Fuente: BOE · Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones, arts. 67 y 68 (se abre en otra pestaña)

¿Cuándo se puede pedir el certificado de últimas voluntades?

Se puede pedir cuando han pasado 15 días hábiles desde el fallecimiento. Indica si la persona hizo testamento y ante qué notario. Se solicita en la sede electrónica del Ministerio de Justicia.

Fuente: Ministerio de Justicia (se abre en otra pestaña)

¿Qué pasa con el alquiler si muere el inquilino?

Quien convivía con el inquilino puede seguir en la vivienda si el casero recibe por escrito, dentro de los tres meses siguientes al fallecimiento, la comunicación con el certificado de defunción y los datos de quien se queda. Si no la recibe, el contrato se extingue.

Fuente: BOE · Ley de Arrendamientos Urbanos, art. 16 (se abre en otra pestaña)

¿Qué plazo hay para la plusvalía municipal en una herencia?

Hay seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año si se pide la prórroga antes de que venzan. Se presenta en el ayuntamiento donde está cada inmueble urbano.

Fuente: BOE · Ley Reguladora de las Haciendas Locales, art. 110 (se abre en otra pestaña)

¿Hay plazo para pedir la pensión de viudedad?

Se puede pedir en cualquier momento, pero solo se cobra con un máximo de tres meses de retroactividad desde la solicitud. Pedirla en los tres primeros meses evita perder mensualidades.

Fuente: La Moncloa (se abre en otra pestaña)

¿Qué hay que hacer con el coche de la persona fallecida?

Hay 90 días desde el fallecimiento para comunicar a la DGT quién se hace cargo del vehículo, y otros 90 días desde la adjudicación de la herencia para ponerlo a nombre de quien lo hereda.

Fuente: DGT (se abre en otra pestaña)